Un juzgado declara el derecho de 42 profesores asociados de la Universidad de Valencia a cobrar en función de sus contratos parciales lo mismo que los docentes a jornada completa

La juez declara que han sufrido discriminación laboral en la retribución salarial que perciben

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Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de lo Social número 18 de Valencia ha estimado las demandas de 42 profesores asociados de la Universidad de Valencia y se declara que han sufrido discriminación laboral en la retribución salarial que perciben.

La juez declara así el derecho de los demandantes a que la Universidad les aplique, en proporción a los contratos parciales que tengan, la misma retribución que perciben los profesores universitarios a jornadas completa.

Igualmente, condena a la institución académica a abonar a cada uno de estos profesores asociados la cantidad de 1.000 euros en concepto de indemnización por daños morales.

La sentencia, que puede ser recurrida en suplicación ante la Sala de lo Social del TSJCV, declara probado, con informe favorable del Ministerio Fiscal, la existencia de una discriminación salarial que vulnera el derecho fundamental a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española.

La juzgadora ha llegado a esta conclusión tras valorar las pruebas practicadas durante el juicio y los documentos aportados, así como analizar la jurisprudencia aplicable a este supuesto.

Según se recoge en la resolución judicial, la discriminación apreciada "no se produce por ser una contratación temporal a tiempo parcial, sino por la retribución proporcional que perciben los profesores asociados respecto de los otros profesores universitarios a jornada completa, teniendo en cuenta que ambos colectivos de profesores realizan el mismo trabajo".

Asimismo -prosigue- "imparten las mismas asignaturas conforme a las guías docentes, compartiendo el trabajo la misma naturaleza, y siendo las condiciones laborales que desempeñan las mismas".

En cambio, no es la misma "su retribución, que computa la Universitat de València de forma distinta, no siendo objeción para ello la modalidad de contratación laboral, ni la exigencia de tener una actividad externa para los profesores asociados", añade.